jueves, 9 de octubre de 2008
El Orden Público
* La guerra que desde hace tanto vive el país ha hecho que el concepto de lo que es órden público vaya quedando reducido a lo policial o militar. De hecho, las propias instituciones castrenses han hablado de "misión de órden público" para designar la destinación de los efectivos a las zonas de combate. Pero en realidad la expresión es más amplia. Aunque no se puede definir a priori de manera que comprenda todos los campos que pueden quedar incluídos en el concepto, y por ello los juristas lo llaman un concepto jurídico indeterminado, sí hay cierto consenso en el sentido de que él se refiere a ciertas condiciones de seguridad, salubridad y tranquilidad que son necesarias para que existe una suficiente armonía en el funcionamiento de la sociedad. Y hay que aceptar,. desde luego, que el no funcionamiento de una de las funciones básicas del Estado, impide el adecuado órden público. Pero lo que también sucede es que la Constitución le dá a la expresión "conmoción interior" un sentido muy cercano de las alteraciones de orígen militar y no tanto a aquellas que tienen un sentido más próximo de las causas sociales o económicas. Y eso no parecen haberlo entendido cabalmente los asesores del gobierno.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario